Así lo informó la DIAN, al anunciar que empieza la cuenta regresiva para los grandes contribuyentes, ya que según la Resolución 000010 del 6 de febrero de 2018, se expide “la obligatoriedad de facturar electrónicamente a todos los contribuyentes, responsables y agentes de retención”, que tengan esa calificación “en la Resolución 0076 de 1 de diciembre de 2016”.
El mes de septiembre es el plazo para que las empresas de este segmento
emitan este tipo de factura.
Estos son los beneficios:
- Ahorros en tiempos de emisión y transporte.
- Mejora en la calidad de los datos.
- Optimización de la operación financiera y contable de las empresas, lo cual impacta las áreas logísticas, financieras, comerciales y administrativas.
- Automatización y seguridad en la recepción y envío de la información.
- Integración de la factura electrónica con productos bancarios como Factoring, dando así la posibilidad de emitir, entregar, cobrar y descontar facturas en menos tiempo; dinamizando el flujo de efectivo.
Las compañías tendrán que elegir un proveedor tecnológico que asuma el rol
de aliado en todo el proceso.
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